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CODIGO DE ETICA DE LA ISSF
2009-07-23
CODIGO DE ETICA
ESTATUTOS, REGLAS Y REGLAMENTOS OFICIALES DE LA ISSF Artículo 3.12.3.5, Anexo "CE" Este artículo aparece en la Edición 2009 de los Estatutos, Reglas y Reglamentos de la ISSF, en vigor a partir del primero de enero de 2009. CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ISSF GENERALIDADES De conformidad con la Constitución de la ISSF, los objetivos de la ISSF son promover y alentar el desarrollo del tiro deportivo alrededor del mundo; ofreciendo un deporte libre de drogas; así como promover y alentar el desarrollo de las relaciones internacionales. El propósito de este Código de Ética de la ISSF es garantizar que los objetivos de la ISSF sean ejecutados en forma justa; y sin alteraciones, sancionando incidentes que dañen o desacrediten la imagen de las actividades de la ISSF. Los miembros afiliados a la ISSF, las organizaciones continentales, los equipos, los funcionarios y los atletas, participarán en campeonatos supervisados por la ISSF y actividades de esta organización, de conformidad con las normas de ética, Juego Limpio (fair play) y deportivismo, establecidas por los Estatutos, las Reglas y los Reglamentos de la ISSF; así como de este Código de Ética de la ISSF. Este Código reconoce normas básicas para el Juego Limpio (fair play) y el comportamiento moral; así como procedimientos para juzgar y sancionar infracciones a dichas normas. 1 APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE ETICA DE LA ISSF Los siguientes incidentes o faltas, serán sujetos a la aplicación de este Código de Ética de la ISSF: 1.1 Actos de discriminación, en violación a la Constitución de la ISSF. 1.2 Actos de mala conducta; conducta antideportiva o violenta, de manera despectiva, desordenada o provocativa; acoso; incluyendo interferencia injustificada; obstrucción deliberada de la realización ordenada de cualquier evento deportivo; alteración, daño o destrucción maliciosa de propiedad o daño físico o mental; u otros. 1.3 Manipulación de equipo o puntuaciones; así como la falsificación o alteración de documentos, indicando una edad, nacionalidad, sexo u otra información falsa; con el propósito de obtener una ventaja injusta para un funcionario, atleta o equipo. 1.4 Convicción de una falta muy grave. 1.5 Actos de indiscreción; insubordinación o parcialidad. Las ofensas éticas pueden considerarse independientemente de cualquier medida tomada o no, por los jurados de competencia de la ISSF. 2 COMITÉ DE ÉTICA El Comité de Ética de la ISSF lo integran las personas siguientes: Un Presidente Dos (2) Vicepresidentes, designados por el Presidente Un Secretario General; y El Presidente del Comité de Jueces 3 REGLAS PARA PROCEDIMIENTOS 3.1 Cualquier queja deberá ser presentada por escrito, ante el Comité de Ética de la ISSF. 3.2 El Comité de Ética de la ISSF decidirá si procede una investigación; o si se desecha dicha queja. 3.3 Cuando proceda una investigación respecto a una queja o cargo, el Comité de Ética de la ISSF podrá: 3.4 Solicitar información por escrito, o documentos de las partes interesadas; 3.5 Escuchar a las partes interesadas, con o sin la presencia de un asesor legal, según lo determine el Comité de Ética de la ISSF; 3.6 Decidir escuchar a testigos, según lo determine el Comité de Ética de la ISSF o a petición de las partes interesadas; 3.7 Conducir las investigaciones en el campo designando, por uno o más de sus miembros u otra persona que represente al Comité de Ética de la ISSF; 3.8 Designar a uno o más expertos que asistan al Comité de Ética de la ISSF en su investigación. 3.9 Cualquier investigación permanecerá confidencial, hasta el momento en que el Comité de Ética de la ISSF tome sus decisiones y entregue sus recomendaciones al Comité Ejecutivo de la ISSF. 3.10 Una vez terminada la investigación, las conclusiones y recomendaciones del Comité de Ética de la ISSF serán entregadas por su Presidente al Comité Ejecutivo de la ISSF. 3.11 A falta de consenso, las decisiones del Comité Ético de la ISSF serán, de conformidad con la Constitución de la ISSF y serán tomadas por mayoría de los miembros presentes. 3.12 Los miembros del Comité de Ética de la ISSF deberán informar al Presidente, acerca de cualquier situación o hecho, que pueda representar un conflicto de intereses entre ellos y el caso bajo investigación. Dicha información debe presentarse inmediatamente después de abierta la investigación; o inmediatamente después de surgida la situación o el hecho. 4 SANCIONES 4.1 Cualquier miembro, equipo o individuo de la ISSF cubierto por este Código podrá ser sancionado por el Comité de Ética de la ISSF. Las sanciones por parcialidad únicamente pueden ser impuestas a funcionarios de la ISSF. 4.2 Se aplicará una sanción, si el Comité de Ética de la ISSF, decide que se ha cometido una infracción al Código de Ética. 4.3 Al imponer cualquier sanción, se tomara en consideración la naturaleza de la falta, las circunstancias bajo las cuales se produjo, la gravedad de la falta, el carácter de la acción y otras consideraciones que estén en armonía con los objetivos de la ISSF. 5 APELACIONES 5.1 La decisión del Comité de Ética de la ISSF podrá ser apelada, primero ante el Comité Ejecutivo de la ISSF; y consecuentemente, ante un tribunal compuesto por la Corte de Arbitraje para el Deporte en Lausana, Suiza. 5.2 La decisión de la Corte de Arbitraje es final; de conformidad con la Constitución de la ISSF.
 

 
 

 

 

 

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